MEMORIA AMBIENTAL

Contenido, localización dentro del proceso de evaluación y órgano responsable de la memoria ambiental en la Evaluación Ambiental Estratégica de planes y programas.

Finalizada la fase de consultas, posterior a la presentación del Informe de Sostenibilidad Ambiental y el anteproyecto del Plan o Programa, se redacta una memoria ambiental para valorar la integración medioambiental en la propuesta del plan o programa.

En este documento se analiza el proceso de evaluación seguido, el Informe de Sostenibilidad Ambiental y su contenido y adecuación a las demandas de la Administración Ambiental.

Se evalúa así mismo el resultado de las consultas realizadas y cómo se han incorporado al proceso, y se analiza de igual forma la previsión de impactos significativos derivados de la aplicación del plan o programa.

La Memoria Ambiental incorpora también las determinaciones finales que deben incorporarse a la propuesta del plan o programa.

Este documento es preceptivo y de obligado cumplimiento y se debe tener en cuenta en el plan o programa antes de su aprobación definitiva.

La Memoria Ambiental será realizada, en el ámbito de la Administración General del Estado, por el órgano promotor y el Ministerio de Medio Ambiente conjuntamente; y en el ámbito de las Comunidades Autónomas, por el órgano u órganos que éstas determinen, y en cualquier caso de acuerdo con el órgano ambiental.

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