¿Qué son las penalizaciones o correcciones en una medición acústica?

El Real Decreto 1367/2007 obliga a realizar correcciones en los valores obtenidos en las mediciones acústicas por la presencia en la misma de componentes tonales (Kt), impulsivas (Ki) y bajas frecuencias (Kf) a partir de un cierto valor. Si se detectan la medición de ruido debe ser corregida sumando 6 decibelios (como máximo) por cada de las componentes que superen esos valores. La suma de los valores obtenidos con las 3 componentes como máximo tiene un 9 decibelios (por ejemplo tres penalizaciones, de 6 decibelios cada una, sólo se contabilizarían como 9 decibelios más).

Mediciones Acústicas

El Real Decreto 1367/2007 detalla lo siguiente:

Corrección por componentes tonales (Kt), impulsivas (Ki) y bajas frecuencias (Kf).

Cuando en el proceso de medición de un ruido se detecte la presencia de componentes tonales emergentes, o componentes de baja frecuencia, o sonidos de alto nivel de presión sonora y corta duración debidos a la presencia de componentes impulsivos, o de cualquier combinación de ellos, se procederá a realizar una la evaluación detallada del ruido introduciendo las correcciones adecuadas.

El valor máximo de la corrección resultante de la suma Kt + Kf + Ki no será superior a 9 dB.

En la evaluación detallada del ruido, se tomarán como procedimientos de referencia los siguientes:

Presencia de componentes tonales emergentes:

Para la evaluación detallada del ruido por presencia de componentes tonales emergentes se tomará como procedimiento de referencia el siguiente:

  • a) Se realizara el análisis espectral del ruido en 1/3 de octava, sin filtro de ponderación.
  • b) Se calculará la diferencia:

    Donde:

    Lf, es el nivel de presión sonora de la banda f, que contiene el tono emergente.

    Ls, es la media aritmética de los dos niveles siguientes, el de la banda situada inmediatamente por encima de f y el de la banda situada inmediatamente por debajo de f.

  • c) Se determinará la presencia o la ausencia de componentes tonales y el valor del parámetro de corrección Kt aplicando la tabla siguiente:
    Banda de frecuencia 1/3 de octava Lt en dB Componente tonal Kt en dB
    De 20 a 125 Hz Si Lt < 8 0
    Si 8 <= Lt <= 12 3
    Si Lt> 12 6
    De 160 a 400 Hz Si Lt< 5 0
    Si 5 <= Lt <= 8 3
    Si Lt> 8 6
    De 500 a 10000 Hz Si Lt< 3 0
    Si 3 <= Lt <= 5 3
    Si Lt> 5 6
  • d) En el supuesto de la presencia de más de una componente tonal emergente se adoptará como valor del parámetro Kt, el mayor de los correspondientes a cada una de ellas.

Presencia de componentes de baja frecuencia:

Para la evaluación detallada del ruido por presencia de componentes de baja frecuencia se tomará como procedimiento de referencia el siguiente:

  • a) Se medirá, preferiblemente de forma simultánea, los niveles de presión sonora con las ponderaciones frecuenciales A y C.
  • b) Se calculará la diferencia entre los valores obtenidos, debidamente corregidos por ruido de fondo:

  • c) Se determina la presencia o la ausencia de componentes de baja frecuencia y el valor del parámetro de corrección Kf aplicando la tabla siguiente:
    Lf en dB Componente de baja frecuencia Kf en dB
    Si Lf <= 10 0
    Si 10 >Lf <=15 3
    Si Lf >15 6

Presencia de componentes impulsivos.

Para la evaluación detallada del ruido por presencia de componentes impulsivos se tomará como procedimiento de referencia el siguiente:

  • a) Se medirá, preferiblemente de forma simultánea, los niveles de presión sonora continuo equivalente ponderado A, en una determinada fase de ruido de duración Ti segundos, en la cual se percibe el ruido impulsivo, LAeq,Ti, y con la constante temporal impulso (I) del equipo de medida, LAleq,Ti
  • b) Se calculará la diferencia entre los valores obtenidos, debidamente corregidos por ruido de fondo:

  • c) Se determinará la presencia o la ausencia de componente impulsiva y el valor del parámetro de corrección Ki aplicando la tabla siguiente:
    Li en dB Componente impulsiva Ki en dB
    Si Li <= 10 0
    Si 10 >Li <=15 3
    Si Li >15 6