CERTIFICADOS ACUSTICOS
Realizamos estudios acústicos para obtener los certificados acústicos de apertura o funcionamiento en todos los municipios de la Comunidad de Madrid.
Estos informes acústicos y el certificado acústico que da el ayuntamiento correspondiente aseguran que los niveles de ruido generados no exceden las ordenanzas del ruido municipales y las leyes acústicas autonómicas; evitando perjuicios a los vecinos del establecimiento. El contenido de los estudios básicamente certifica que el nivel de aislamiento acústico es el adecuado.
Los estudios que realizamos para obtener el certificado acústico son los siguientes.
Aparte de los locales cerrados existen casos de instalaciones abiertas como pueden ser terrazas, pistas de karts, instalaciones deportivas, etc. que debido a algunas ordenanzas municipales requieren un mapa de ruido que determine el alcance de la contaminación acústica sobre el vecindario, certificando también su impacto acústico.
PREGUNTAS FRECUENTES RELACIONADAS CON LOS CERTIFICADOS ACÚSTICOS
¿En qué consiste el certificado acústico que me solicita mi ayuntamiento?
Los certificados acústicos no difieren en nada, en el contenido o en la forma, de lo que en otros ayuntamientos (o juzgados) pueden denominar informes de mediciones, mediciones de ruido, pruebas acústicas, etc. Un certificado simplemente es un documento que asegura la verdad de un hecho (R.A.E.), algo que reflejan todos nuestros informes de mediciones acústicas; independientemente de que el contenido haga referencia a una medición de niveles de ruido, a una de aislamiento acústico (a este tipo en algunos ayuntamientos se lo denomina certificado de insonorización), de ruido de impacto o de vibraciones. Si su ayuntamiento no es más explícito en su requerido, en relación al contenido de dicho certificado, debe pedir que le aclaren cuál es tipo de medición exigida en su caso concreto.
¿Cuanto cuesta un certificado acústico?
El precio de un certificado de ruido puede ser muy variable, dependiendo de múltiples factores. Le podemos indicar como referencia un precio de 375 euros para una medición de niveles de ruido y de 475 para una medición de aislamiento acústico. Puede consultar en este enlace los factores que afectan al precio.
¿Cómo se pagan sus certificados de ruido?
La forma de pago más habitual que tenemos es realizando el pago del 50% del importe cuando se realizan las pruebas acústicas, y el 50% restante, una vez que hemos terminado el informe de mediciones, antes de su entrega. También trabajamos con pagos a un período de la emisión de la factura, confirming, pagaré, etc. La forma de pago aparece claramente reflejada en todos nuestros presupuestos. Si precisara adaptarla a sus necesidades, o a los requerimientos de su organización, no dude en hablarlo con nosotros.
¿Qué normativa debo tener como referencia para comparar los resultados de una medición acústica?
En la mayoría de los casos se debe cumplir con la ordenanza municipal de su municipio (que si está actualizada incluirá cualquier requisito de la legislación de rango superior). Si no existiera una ordenanza municipal referente al ruido deberá tomar como referencia la Ley 37/2003 y el Real Decreto 1367/2007 que la desarrolla. Todos nuestros informes de mediciones acusticas incluyen una comparación de los niveles de ruido medidos con los permitidos por la legislación correspondiente. Puede consultar una relación de toda la normativa, con enlaces a los textos completos, en este enlace.
¿Con cuánta antelación tengo que solicitar que realicen una medición de ruido?
En la mayoría de los casos dos días es un plazo suficiente para concertar una cita en el horario que considere más conveniente. Para mediciones acusticas nocturnas o en fin de semana sería conveniente que nos lo haga saber con el mayor tiempo posible, para poder ajustar nuestros calendarios de trabajo. Mención aparte merecen las mediciones de aislamiento o ruido de impacto en estos casos, al depender de una tercera parte, es conveniente que hable antes con los vecinos involucrados para ver su disponibilidad.
¿Qué tipo de sonómetros utilizan para sus certificados acústicos?
Utilizamos sonómetros denominados de tipo 1 o clase 1. Estos sonómetros están calibrados y homologados para realizar todo tipo de mediciones acústicas. No difieren en su funcionamiento del resto de sonómetros, excepto por la precisión a la hora de realizar las mediciones de nivel de presión sonora. En relación al software con el que trabajan es también más complejo, en la mayoría de los casos, que los modelos de tipo 2 o tipo 3.
¿En qué consisten sus informes de certificación del ruido?
Los informes o certificados de mediciones acústicas (de contenido idéntico) reflejan las condiciones, hora y localización en las que se realizaron las mediciones acústicas, hacen un análisis de todos los datos obtenidos y comparan los resultados con la legislación vigente. Los tres informes más frecuentes son los de medición de niveles de ruido, las mediciones de aislamiento acústico y las mediciones de ruido de impacto. Si lo desea en estos enlaces puede descargar ejemplos de todos ellos.
¿Cuánto tiempo se tarda en realizar un ensayo acústico?
Para realizar un ensayo de medición acústica es necesario hacer tres mediciones de la fuente que ocasiona el ruido y tres mediciones del ruido de fondo existente en el lugar de la medición. Teóricamente un ensayo completo de medición acústica podría realizarse en poco menos de 15 minutos, aunque en la práctica ese tiempo (en la mayoría de los casos) es superior. Si lo desea puede consultar los factores que influyen en el tiempo de medición, e información más detallada, en este enlace.
¿Cuánto tiempo tardan en entregar los resultados de las medidas de ruido realizadas?
El informe o certificado acústico con las conclusiones de los ensayos suele estar terminado en unos días, plazo variable según la carga de trabajo en ese momento. En casos de urgencia (aportación de una prueba a los juzgados con fecha límite, necesidad del informe para obtener una licencia de apertura o funcionamiento, paralización de una obra, etc.) los informes pueden estar terminados en cuestión de horas; de unas mediciones realizadas por la mañana se puede tener el informe esa misma tarde, o si se realizan durante la tarde en la mañana del día siguiente. Si su caso requiere una entrega urgente indíquenoslo.
¿Cuándo es necesario visar los certificados acústicos?
El Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, establece que los certificados de mediciones de ruido no precisan de visado. Sin embargo, la lentitud en actualizar la documentación de algunos ayuntamientos pequeños y algunos juzgados hace que éste sea requerido, aun hoy en día, en algunas ocasiones. Aunque en estos casos tampoco es obligatorio presentarlo, y se podría reclamar la exención del mismo, por agilizar la tramitación son los únicos casos en los que visamos nuestro trabajo. Son contadas excepciones, el resto de nuestro trabajo no es visado. También queremos indicarle que el visado se puede realizar después de hacer las mediciones y el informe. Si tiene cualquier duda, en relación a la exigencia del mismo en su caso, le recomendamos que no realice el visado hasta que no se lo soliciten expresamente.
¿Qué coste tiene el visado de los certificados acústicos?
El coste del visado para la mayoría de las mediciones acústicas que realizamos es de 60 euros. En trabajos de gran envergadura puede superar esa cifra. Este concepto figura en nuestros presupuestos. Pero como le indicábamos, en la pregunta anterior, el visado no es obligatorio en ningún caso; y se realiza sólo en contadas ocasiones.
¿Qué condiciones son necesarias para realizar una medición de ruido?
Las condiones que se tienen que dar para realizar una medida acústica no son muy especiales, aunque cada tipo de medición tiene sus condicionantes propios. En este enlace puede consultar que circunstancias y necesidades tienen cada una de ellas (nivel sonoro, aislamiento acústico, etc.).
¿Tienen validez sus certificados de ruido para presentarlos al Ayuntamiento?
Tanto en el caso de mediciones de aislamiento, o inmisión, para licencias de apertura; como en el de las mediciones de ruido necesarias en algunas ocasiones para presentar una reclamación al Ayuntamiento nuestros certificados acústicos tienen plena validez. Trabajamos desde hace casi 20 años en la mayoría de ellos, con mayor frecuencia en aquellos con mayor población o normativas sobre el ruido más exigentes. Estos son algunos de los municipios en los que realizamos mediciones y estudios acústicos de forma rutinaria y continuada: Madrid, Móstoles, Alcalá de Henares, Fuenlabrada, Leganés, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla, Alcobendas, Coslada, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes, Rivas-Vaciamadrid, Majadahonda, Valdemoro, Collado Villalba, Aranjuez, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, Pinto, Colmenar Viejo, San Fernando de Henares, Tres Cantos, Galapagar, Villaviciosa de Odón, Navalcarnero, Ciempozuelos, Mejorada del Campo, Torrelodones, Algete, Arroyomolinos, San Martín de la Vega, Humanes de Madrid, Paracuellos de Jarama, San Lorenzo de El Escorial, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Guadarrama, Valdemorillo, Brunete, Griñón, Daganzo de Arriba, Colmenarejo, Soto del Real. También en el resto pero con menor frecuencia por los motivos indicados. Existe una única excepción en la Comunidad de Madrid donde no podemos hacer mediciones de ruido para el Ayuntamiento (pero si para una reclamación judicial), es el municipio de Las Rozas que exige que las empresas de acústica dispongan de la acreditación ENAC para la realización de las mismas.
¿Qué coste tiene una visita en la que no puedan realizar las mediciones?
El precio estándar de una visita en la que no podamos realizar nuestro trabajo, por razones ajenas a Allpe, es de 150 euros en los trabajos realizados en horario diurno y de 225 euros en los que se hacen durante la noche. Dicho importe aparece reflejado siempre en nuestros presupuestos. Una correcta planificación hace que el porcentaje de casos en los que no se pueden hacer las mediciones acústicas sea muy bajo.
¿Cuáles son los niveles de ruido permitidos?
Los niveles de ruido permitidos están regulados principalmente por la ley la Ley 37/2003 y el Real Decreto 1367/2007 que la desarrolla, por las ordenanzas municipales y por el Código Técnico de la Edificación. Los niveles de ruido permitidos no deben exceder de lo indicado por la normativa más restrictiva de las anteriores. Los niveles de ruido permitidos están condicionados por el horario, el lugar donde se realiza su medición (exterior o interior), el tipo de uso que se da al edificio donde se mide (residencial , sanitario, educativo, industrial, restaurantes, cafeterías, etc.), y el tipo de estancia dentro del mismo (dormitorio, aula, despacho, cine, etc.). También en el caso de las mediciones en el exterior por el tipo de área acústica donde se realiza la medición. En este enlace puede consultar los del Ayuntamiento de Madrid en detalle, muy similares a los de otros Ayuntamientos.
¿Tienes validez sus certificados acusticos para presentarlos en un juicio?
Nuestros certificados sirven como prueba judicial. Tenemos una dilatada experiencia como peritos en ingeniería acústica principalmente en la zona centro de España. Todas nuestras mediciones de ruido son realizadas con instrumental homologado y calibrado periódicamente, seguimos para su realización las norma UNE correspondientes y los técnicos que las realizamos contamos con la titulación profesional, colegiación requerida y la experiencia necesaria para presentar y defender nuestros informes en un juzgado. En todas nuestras peritaciones sobre el ruido también trabajamos, estrecha y coordinadamente, con los abogados implicados para dar más solidez a las pruebas presentadas.
¿Cuantos certificados acústicos es necesario realizar en una peritación para el juzgado?
El número de pruebas acústicas necesarias para presentar una demanda o una denuncia son variables y dependen fundamentalmente del tipo de ruido (constante o variable en el tiempo). En este enlace puede consultar los casos más frecuentes con los que nos encontramos, el número de mediciones de ruido que realizamos en cada caso y el horario más adecuado para su realización.
¿Qué coste tiene la defensa de sus certificados acusticos en un juzgado?
El precio estándar dentro de la defensa de una peritación acústica es de 390 euros. Dicho precio incluye el estudio de toda la documentación del caso, la coordinación con el abogado que lo vaya a llevar, asesoramiento técnico al mismo y la asistencia al juicio para su defensa. Este precio aparece detallado en nuestros presupuestos. Casos complejos o juicios celebrados fuera de la Comunidad de Madrid tienen un precio más elevado.
¿Qué certificados acústicos son necesarias para abrir un bar?
La apertura, traspaso o alquiler de un local dedicado a cualquier actividad que pueda emitir niveles de ruido elevados (bares, cafeterías, restaurantes, pubs, gimnasios, academias de baile, parques de bolas, salones de juegos, teatros, cines, salas de conciertos, disco-pub, talleres, locales de eventos, discotecas, lavanderías, locales de ensayo, etc.) necesita en la mayoría de los ayuntamientos de pruebas acústicas previas a su apertura. Cuando se solicitan estas pruebas la mayoría de los ayuntamientos piden mediciones de aislamiento acústico. En algunos municipios se piden también de forma complementaria mediciones de niveles de inmisión en las viviendas colindantes o en la calle. En contados ayuntamientos se solicitan también mediciones de ruido de impacto. Existen algunos ayuntamientos, entre ellos el de Madrid, que no piden de forma obligatoria prueba alguna; al solicitarse únicamente la presentación de la declaración responsable. Es conveniente que pida a su ayuntamiento que le indique por escrito cuales son las mediciones necesarias para cada caso concreto; al poder establecer diferencias para una misma actividad por motivos de aforo, dimensiones, horario de apertura o localización dentro del término municipal.
¿Me indicarán después de las mediciones acústicas, si son desfavorables, que tengo que hacer para resolver el problema?
Cuando se realiza una medición es posteriormente necesario un estudio de soluciones para corregir el problema. Este estudio es muy variable en su contenido en función del origen del ruido o de lo que se quiera realizar. En el caso de máquinas puede consistir en algo tan evidente como la sustitución o revisión de la misma, en un aislamiento de la habitación en la que se encuentran, o en un proyecto de apantallamiento si están en la cubierta del edificio. Existen máquinas impiden su aislamiento por las características de las mismas (por ejemplo la maquinaria abierta de un ascensor o cualquier maquinaria que tenga unas necesidades de ventilación o manipulación). En el caso de locales con un aislamiento deficiente es necesario hacer un proyecto de soluciones acústicas constructivas que cubra todos los aspectos que demanda cada tipo de licencia en particular, e incluya un cálculo del aislamiento acústico necesario de forma precisa. Cada caso precisa un estudio detallado para poder dar una respuesta al mismo.
¿Qué coste tienen esos proyectos de soluciones acústicas?
El precio es muy variable, dependiendo del tipo de solución a adoptar. En algunos casos el resultado de las mediciones (de aislamiento o inmisión) queda cerca de los límites permitidos. Cuando sucede esto damos unas recomendaciones en relación al aislamiento acústico a realizar, o al tratamiento de la máquina, sin coste alguno. El resto de situaciones puede ser muy variable, al igual que los precios; que van en consonancia con la complejidad del trabajo a realizar. Por darle algún precio de referencia indicarle que un proyecto de aislamiento acústico para un local puede rondar los 590 euros, el de aislamiento de una habitación donde se encuentre una máquina los 475 euros, y uno de apantallamiento, sin necesidad de una simulación acústica, los 475 euros. Realizar un proyecto de soluciones idóneo es complejo y hay que valorar bastantes factores, a diferencia de las mediciones acústicas que requieren sólo atenerse a un procedimiento de medida establecido. El proporcionar unas soluciones detalladas, y a medida para cada caso, ahorra materiales, mano de obra y garantiza un resultado óptimo después de su ejecución; evitando tener que corregir posteriormente cualquier incidencia. Le recomendamos que rehuya de quien le ofrezca soluciones a un precio muy bajo o incluso gratuito, suelen ser soluciones estandarizadas que no garantizan los resultados o que pueden hacerle incurrir en un gasto innecesario (por ejemplo, por realizar una insonorización mayor a la requerida para un tipo de licencia).
¿Qué puedo hacer si un vecino no me deja acceder a su vivienda para hacer una medición?
Esta situación se da más frecuentemente cuando es necesario realizar una medición de aislamiento acústico para obtener la licencia apertura de un local. En primer lugar debe hablar con su vecino y exponerle adecuadamente lo hechos: el objeto de estas mediciones acusticas es garantizar que el aislamiento acústico es suficiente para desarrollar su actividad comercial sin causarle molestia alguna. Si su negativa persiste entonces debe de dirigirse a su ayuntamiento para que le indique cómo proceder. Dependiendo del ayuntamiento implicado pueden pedirle que haga una comunicación más formal (burofax), pueden autorizar que las mediciones se hagan en alguna zona común del edificio (en las escaleras o portal), pueden enviar a un funcionario municipal para verificar los hechos, o pueden designar un mediador como nos hemos encontrado en algunas ocasiones en el Ayuntamiento de Madrid. Si todas estas actuaciones resultan infructuosas, algunos ayuntamientos conceden licencias provisionales hasta que se resuelva el problema. Consulte con su ayuntamiento, le indicará la forma más adecuada de proceder en su caso concreto.
¿Qué mediciones acústicas son necesarias en la certificación ISO 14.001?
En la mayoría de los casos las auditoras son los únicos organismos que solicitan estas mediciones de ruido. Ni el Ayuntamiento correspondiente, ni ningún otro organismo público suelen solicitar medidas del nivel de ruido para una actividad que se desarrolla sobre suelo industrial (aunque existen excepciones). En este enlace le detallamos el número de mediciones acústicas necesarias, y el horario más conveniente para realizarlas, y poder satisfacer las exigencias mínimas de una auditoría sobre esta norma de calidad ambiental.
¿Cuál es el número y tipo de mediciones acústicas necesarias en una certificación de obra?
Desde la entrada en vigor del nuevo código técnico es frecuente realizar en obra nueva verificaciones para comprobar que las especificaciones del proyecto cumplen con lo que se ha ejecutado en realidad. En los controles que hemos realizado se miden de forma rutinaria los niveles de ruido transmitidos a la estancia más cercana (que suele ser la más afectada) por ascensores, extractores de humos, puertas de garaje, aparatos de climatización, bajantes, tuberías y cualquier otro elemento que produzca ruido. Estas comprobaciones se realizan para todas las máquinas, si un edificio tiene tres ascensores se hace la comprobación en los 3. El motivo es que, aparte del aislamiento, hay que asegurarse de que estas máquinas funcionan y están instaladas correctamente; y no transmiten más ruido en unos casos que en otros. En las verificaciones del aislamiento acústico se suele realizar únicamente un muestreo significativo, consiste en hacer mediciones de aislamiento acústico en todos aquellos paramentos, verticales u horizontales, que tengan distinta tipología constructiva. Solo se hace un número mayor de pruebas si se sospecha que puede haber diferencias entre el proyecto y la ejecución, en algunas partes del edificio o en la totalidad del mismo. Otro tipo de pruebas como las de ruido de impacto o tiempo de reverberación, suelen ser menos frecuentes en edificios de uso residencial pero también se hacen de forma rutinaria en edificios de uso terciario como hoteles, centros comerciales y educativos.