PLANES GENERALES DE ORDENACIÓN URBANA (PGOU)
En un Plan General de Ordenación Urbana (P.G.O.U.) aparecen definidos los diferentes usos de suelo de los municipios; así como las Normas Reguladoras de la Edificación, Ordenanzas y Normas Técnicas de Urbanización.
La inclusión de criterios medioambientales a la hora de redactar estos planes y normas subsidiarias permite mejorar la calidad de vida de los vecinos y asegurar la protección del medio ambiente.
La figura ambiental que regula estos planes es el Informe de Sostenibilidad Ambiental recogido contemplado en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Una correcta distribución de zonas verdes en los espacios urbanos, una clasificación de suelo protegido por motivos medioambientales (paisajístico, existencia de ecosistemas valiosos, patrimonio cultural o arqueológico) adecuadamente regulado, la elección correcta del grado de edificabilidad (que no siempre tiene que ser el menor debido a la excesiva ocupación de suelo por las construcciones), la ubicación correcta de infraestructuras de transporte o de servicios son algunas de las características que deben de ser tenidas en cuenta si se quiere que el planeamiento urbanístico sea correcto.
La definición de estas variables en los P.G.O.U. permite un desarrollo integrado y sostenible de los municipios. Y asegura que su concreción en los Planes Parciales resulte beneficiosa para la comunidad y el medio ambiente.
Un adecuado equilibrio entre zonas verdes y urbanizables asegura la calidad de vida, el suelo no urbanizable de especial protección permite articular medidas preventivas que eviten el deterioro de espacios naturales de especial interés natural para la sociedad. Temas tales como la mejora del medio rural, el desarrollo del turismo verde o rural, la ubicación de áreas de recreo, la restauración de canteras abandonadas, la lucha contra la erosión y desertificación, el aprovechamiento de vías pecuarias y caminos para usos alternativos, protección de elementos culturales aislados (fuentes, ermitas, etc.), la protección de yacimientos arqueológicos, el mantenimiento de riberas de ríos y arroyos o el ahorro de energía mediante el uso de energías renovables deben de ser valorados de manera íntegra, para permitir el desarrollo armónico del municipio.
Una correcta redacción de las normas relativas al suelo no urbanizable en temas tales como las condiciones de edificación y uso en construcciones aisladas recreativas o agrícolas y ganaderas permite el desarrollo sostenible de la economía de un municipio; aunando criterios medioambientales y económicos.
Por otro lado el crecimiento de los núcleos urbanos de una forma ordenada, y ocupando nuevas tierras de forma que primen los intereses medioambientales sobre los económicos permite preservar en muchos casos valores ecológicos de difícil sustitución. La creación de infraestructuras asociadas a la construcción de viviendas o polígonos industriales (carreteras, ferrocarriles, líneas de alta y baja tensión) debe ser tenida en cuenta con la suficiente antelación para poder planificar su ubicación correcta.
Los P.G.O.U. son una de las herramientas más valiosas para aunar e integrar desarrollo económico con sostenibilidad y respeto al medio ambiente.