Contenido del Estudio de Impacto Ambiental en Cataluña
Contenido del estudio de impacto ambiental según el Decreto 114/1988, de 7 de abril, de Evaluación de Impacto Ambiental. (En Castellano y Catalán).
El Estudio de Impacto debe al menos contener:
- a) Análisis detallado del lugar donde se prevé la obra, la actividad o la instalación, y de su entorno. Incluirá como mínimo las especificaciones siguientes:
Descripción del medio físico referido a los condicionantes geológicos, hidrológicos, hidrogeológicos, climatológicos, atmosféricos, edáficos, de vegetación, del paisaje y de otros aspectos necesarios para definir el medio en el área afectada y en su entorno.
Usos del suelo y aprovechamientos preexistentes, obras de infraestructura e instalaciones.
Situación administrativa del área afectada: municipios afectados, régimen jurídico, espacios o elementos protegidos, otros regímenes jurídicos especiales, y otros.
Servidumbres y otros derechos reales que puedan tener incidencia sobre el proyecto.
- b)Descripción general de proyecto y exigencias previsibles en relación con la utilización del suelo y de otros recursos naturales durante las fases de construcción y funcionamiento. Estimación de los tipos y cantidades de residuos y emisiones de materia o energía
- c)Evaluación de los efectos previsibles directos e indirectos del proyecto sobre la población, la gea, el suelo, la flora y la vegetación, la fauna, el aire, el agua, los factores climáticos, el paisaje y los bienes materiales, incluido el patrimonio histórico-artístico y arqueológico.
- d) Relación detallada y valoración económica de las medidas previstas para eliminar, reducir o compensar los efectos ambientales negativos significativos;programación temporal de su ejecución, posibles alternativas existentes a las condiciones inicialmente previstas del proyecto y justificación de la idoneidad de la alternativa elegida respecto de la minimización de los efectos negativos sobre el medio.
- e)Resumen del estudio y conclusiones, formulados en términos fácilmente comprensibles, e informe, si es necesario, de las dificultades informativas y técnicas halladas en su elaboración.
- f)Programa de vigilancia ambiental donde se concreten de manera detallada los parámetros de seguimiento de la calidad de los vectores ambientales afectados, así como los sistemas de medida y control de estos parámetros.