INFORMES PERIÓDICOS DE LA CALIDAD DEL SUELO
Objetivos, alcance y presentación de Informes Periódicos de la Calidad del Suelo. Legislación de referencia. Tipos de Informes. Contenido básico.
Como establece el Real Decreto 9/2005 los titulares de actividades potencialmente contaminantes del suelo deben presentar informes periódicos sobre el estado del mismo ante el organismo competente de su Comunidad Autónoma.
El plazo de presentación es el establecido por la Administración en cada caso.
Los informes periódicos pueden ser de dos tipos:
Informes Periódicos de Situación: Determinan si a lo largo del tiempo se han producido impactos sobre la calidad de un suelo donde está situada una actividad potencialmente contaminante.
Según la Comunidad Autónoma y tipo de actividad, el informe periódico de situación del suelo es de una complejidad variable. En algunos casos sencillos se limita a la presentación de formularios, en otros requiere estudios más complejos. Básicamente, el contenido del informe incluye los siguientes apartados: datos generales de la instalación, descripción de las instalaciones, accidentes o irregularidades detectadas, materias primas consumidas, productos intermedios y finales de carácter peligroso, residuos peligrosos, tipo de almacenamiento, áreas productivas, actividades históricas, mecanismos para el control de la contaminación, vertidos de aguas residuales y características principales del medio.
Informes Periódicos de Seguimiento: Su objetivo es realizar un control de la evolución de contaminantes detectados previamente en Informes Complementario con Caracterización Analítica o de Informes de Situación con Caracterización Analítica.
El contenido específico lo determina, mediante el requerimiento correspondiente, el órgano competente en función de las conclusiones obtenidas en informes previos. Básicamente, el estudio se estructura en los siguientes puntos:
Plan de muestreo: Estudia las posibles fuentes de contaminación y los puntos de muestreo necesarios a partir del estudio histórico de suelos y de la información relativa al medio natural. Determina también, el tipo de muestras a estudiar (aguas subterráneas, suelos, aguas superficiales, aguas de drenaje, etc.) y las técnicas de muestreo a emplear en cada caso.
Programa analítico: Contiene la descripción de los parámetros de contaminación que deben estudiarse y los métodos de laboratorio a emplear.
Resultados y Conclusiones: Reflejan la comparación entre los resultados analíticos de las muestras obtenidas y los niveles permitidos (Niveles Genéricos de Referencia) establecidos en la legislación. Determinan también el grado de evolución de la contaminación en un emplazamiento definido.
Una vez estudiado el informe periódico de control y seguimiento por parte del órgano competente de la Comunidad Autónoma, éste determinará la necesidad de realizar informes más detallados.